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Áreas de Práctica

Abogados de Inmigración en Nueva York

Nuestra firma maneja todos los casos de inmigración, con amplia experiencia en los asuntos más difíciles.

Solicitud de Visas y Extensiones

  • B-1 / B-2: Visitante
  • EB-1a / b: Capacidad extraordinaria / Profesores e investigadores destacados
  • EB-2: Grado avanzado / Capacidad excepcional / Exención por interés nacional
  • EB-3: Trabajadores calificados / Profesionales
  • EB-4: Trabajadores religiosos
  • EB-5: Inmigrante inversionista
  • F / M: Estudiante — académico, vocacional
  • H-1B: Trabajador temporal, ocupaciones especializadas y modelos de moda
  • I: Radio, prensa y medios extranjeros
  • L: Transferencias dentro de la empresa
  • O: Capacidad extraordinaria en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo
  • U: Víctimas de actividad criminal
  • T: Víctimas de tráfico humano

Asilo Político

Estados Unidos brinda protección a quienes han sufrido persecución, o temen sufrirla en el futuro, por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular u opinión política.

Para solicitarlo, se presenta el Formulario I-589 con la evidencia de apoyo, generalmente dentro del primer año de llegada a Estados Unidos. Desde 2025, presentar el Formulario I-589 conlleva una tarifa gubernamental de $100, y se cobra una tarifa anual de asilo ($102 para el año fiscal 2026) por cada año que la solicitud siga pendiente; no hay exenciones de tarifas disponibles. Los montos y los requisitos de los formularios cambian con el tiempo, por lo que confirmaremos las cifras vigentes para su caso. Los tiempos de tramitación varían mucho y pueden ser prolongados; conviene confirmar los plazos vigentes con un abogado. Recomendamos preparar la solicitud con un abogado de inmigración con experiencia.

Si su solicitud de asilo es aprobada, se le permite permanecer y trabajar en Estados Unidos. Puede presentar una petición para traer a su cónyuge y a sus hijos solteros menores de 21 años, y puede ser elegible para solicitar una Tarjeta de Residente Permanente (green card) un año después de la aprobación de su asilo.

Motivos protegidos

  • Raza
  • Religión
  • Nacionalidad
  • Pertenencia a un grupo social particular
  • Opinión política

Reunificación de Familia

  • Pariente cercano de ciudadano de los EE.UU.
  • F1: Hijos e hijas solteros de ciudadanos de los EE.UU.
  • F2A: Cónyuges e hijos de residentes permanentes
  • F2B: Hijos e hijas solteros (21+) de residentes permanentes
  • F3: Hijos e hijas casados de ciudadanos de los EE.UU.
  • F4: Hermanos y hermanas de ciudadanos adultos de los EE.UU.

Representación en la Corte de Inmigración

  • Audiencias maestras / individuales
  • Ajuste de estatus en proceso de removimiento
  • Reabrir / cerrar casos
  • Cambio de tribunal
  • Reprogramación del calendario
  • Cancelación de removimiento

Apelaciones y Defensa de Deportación

Representamos a clientes en apelaciones ante el BIA y federales, y ofrecemos una defensa completa contra la deportación y el removimiento.

Detención y Liberación tras un Arresto por ICE

Si usted o un familiar ha sido arrestado o detenido por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), actuar con rapidez es fundamental. Representamos a personas no ciudadanas detenidas y a sus familias, y trabajamos para procurar su liberación mientras avanza el caso de inmigración.

Según el historial migratorio y las circunstancias de cada persona, la liberación puede solicitarse mediante una redeterminación de custodia — una audiencia de fianza («bond») — ante un juez de inmigración conforme a la INA §236(a), mediante el parole, o, cuando no se dispone de una audiencia de fianza, mediante una petición de habeas corpus en un tribunal federal. Algunas personas están sujetas a detención obligatoria conforme a la INA §236(c) y pueden no ser elegibles para una audiencia de fianza; esta área del derecho cambia con rapidez, y evaluaremos cómo se aplica a su situación específica.

La elegibilidad para la liberación, quién tiene la carga de la prueba y los procedimientos disponibles dependen de los hechos específicos de cada persona, y la ley en esta materia está cambiando con rapidez a través de nueva legislación y decisiones judiciales. Ningún abogado puede prometer un resultado determinado — pero evaluaremos su situación con honestidad y exploraremos toda vía que la ley permita.

Cómo ayudamos a los clientes detenidos

  • Audiencias de custodia y de fianza ante la corte de inmigración
  • Solicitudes de liberación bajo fianza (bond), parole o condiciones de supervisión
  • Impugnaciones de la detención prolongada o ilegal ante un tribunal federal (habeas corpus)
  • Localización de un familiar detenido y explicación de sus opciones
  • Defensa contra el removimiento mientras la persona permanece bajo custodia

Si ICE detiene a un ser querido

  1. 1

    Localizar e identificar

    Ayudamos a confirmar dónde está detenida la persona y bajo qué autoridad legal, utilizando el localizador de detenidos de ICE y los documentos de cargos.

  2. 2

    Evaluar la elegibilidad para la liberación

    Revisamos el historial migratorio y penal para determinar si la liberación puede solicitarse mediante una audiencia de fianza, el parole o una petición federal de habeas corpus — y para identificar cualquier cuestión de detención obligatoria.

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    Procurar la liberación

    Preparamos y presentamos el caso más sólido disponible para la liberación, respaldado con prueba de los vínculos con la comunidad y de que la persona no representa un riesgo de fuga ni un peligro para la comunidad.

  4. 4

    Defender el caso de fondo

    Mientras se atiende la custodia, construimos la defensa contra el removimiento para que el caso siga avanzando sobre sus méritos.

  5. 5

    Revisión y apelación

    Si se deniega la liberación o el alivio, evaluamos las apelaciones y la revisión adicional ante las cortes de inmigración o el tribunal federal.

Cortes de Inmigración de NY — guía práctica ¿Tiene una audiencia? Dónde están las cortes, cómo verificar su fecha y qué llevar.

Preguntas frecuentes

ICE acaba de detener a un familiar. ¿Qué debemos hacer primero? +

Actúe con rapidez y no firme nada que no comprenda por completo. Procure anotar dónde está detenida la persona y contacte a un abogado lo antes posible — los primeros pasos pueden incidir tanto en la posibilidad de liberación como en el propio caso de inmigración. Podemos ayudar a localizar a la persona y explicar las opciones realistas.

¿Toda persona detenida por ICE puede pedir su liberación bajo fianza? +

No. Que una persona pueda solicitar su liberación — y mediante qué procedimiento — depende de su historial migratorio y de cualquier antecedente penal. Algunas personas son elegibles para una audiencia de fianza ante un juez de inmigración; otras están sujetas a detención obligatoria. Como estas reglas están cambiando a través de nuevas leyes y decisiones judiciales, cada caso debe revisarse de forma individual.

¿Hay un plazo para solicitar asilo? +

Por lo general, la solicitud de asilo debe presentarse dentro del primer año de llegada a Estados Unidos, con excepciones limitadas. Presentarla fuera de plazo puede impedir el reclamo, por lo que es importante actuar con prontitud.

¿La primera consulta es gratis y qué debo llevar? +

Sí — su primera consulta es gratis. Revisamos su situación, le explicamos las opciones y los riesgos realistas, y le recomendamos los próximos pasos. Lleve cualquier documentación de inmigración o documentos judiciales que tenga.

¿Qué idiomas habla su equipo? +

Atendemos casos de inmigración en inglés, chino (mandarín y cantonés), ruso y español, cada uno con su propia línea telefónica directa, para que pueda explicar su situación en su propio idioma.

¿Dónde está su oficina y en qué cortes de inmigración comparecen? +

Nuestra oficina está en 305 Broadway, Suite 300, en el Bajo Manhattan — justo enfrente de la corte de inmigración de Nueva York. Comparecemos con regularidad en las cortes de inmigración de Manhattan en 26 Federal Plaza y 290 Broadway. Las visitas son con cita previa, de lunes a viernes, de 9 a. m. a 5 p. m.

¿Contratar a un abogado garantiza que gane o que liberen a mi familiar? +

No. Ningún abogado puede garantizar un resultado. Lo que sí podemos hacer es evaluar su caso con honestidad, prepararlo a fondo y explorar toda opción que la ley permita. Desconfíe de cualquiera que prometa un resultado garantizado.

Nota: solo aceptamos casos en el Estado de Nueva York.